Cuando una persona fallece y ha sido incinerada, surge una pregunta frecuente entre los familiares: ¿a quién pertenecen las cenizas del fallecido? Aunque pueda parecer una cuestión sencilla, la realidad es que la legislación no siempre es clara y pueden generarse dudas o incluso conflictos familiares.
En este artículo te explicamos quién tiene derecho a custodiar las cenizas, qué ocurre si hay desacuerdos y qué dice la ley sobre su posesión. Todo con el objetivo de ayudarte a tomar decisiones informadas en un momento tan delicado como este.
¿Quién tiene derecho a decidir sobre la propiedad de las cenizas?
En España, no existe una ley específica que regule de forma directa la propiedad de las cenizas de un difunto. Sin embargo, hay criterios legales y jurisprudenciales que se aplican para determinar quién puede tomar decisiones sobre ellas.
Testamento o voluntad del fallecido
El primer criterio a tener en cuenta es si el difunto dejó reflejada su voluntad en un testamento, en un documento de instrucciones previas o en una comunicación expresa (aunque no formal). En ese caso, esa voluntad debe respetarse por encima de cualquier preferencia de los familiares.
Por ejemplo, si la persona fallecida indicó que deseaba que sus cenizas fueran entregadas a una persona concreta, ese deseo tiene peso legal y moral. En Stelae, siempre recomendamos dejar constancia por escrito de este tipo de decisiones para evitar conflictos sobre las cenizas de un ser querido.
Orden legal entre familiares
Si no hay una voluntad expresa, se aplica el criterio del orden de parentesco. En general, el derecho de custodia de las cenizas recae en:
- El cónyuge o pareja de hecho
- Los hijos
- Los padres
- Los hermanos o familiares cercanos
No obstante, este orden no está regulado de manera rígida por ley, por lo que el consenso entre familiares siempre es lo más recomendable.
¿Qué pasa si hay conflictos entre familiares por las cenizas?
Lamentablemente, en algunos casos pueden surgir desacuerdos sobre a quién pertenecen las cenizas del difunto. Especialmente cuando hay más de un familiar cercano con opiniones diferentes sobre qué hacer con las cenizas.
¿Cómo se pueden evitar estos conflictos?
Para evitar desacuerdos sobre a quién pertenecen las cenizas del fallecido, es recomendable:
- Dejar constancia escrita de la voluntad del fallecido.
- Designar previamente una persona responsable del servicio funerario.
- Hablar con los familiares cercanos antes del momento final.
- Solicitar el acompañamiento de una funeraria profesional para mediar y asesorar.
En casos graves de desacuerdo, se puede acudir a la vía judicial. En esos casos, un juez valorará el vínculo emocional, la voluntad del fallecido (si existiera) y las condiciones personales de quien reclama la custodia.
Diferencia entre posesión y custodia legal de las cenizas
Tener físicamente las cenizas en casa no siempre significa que se tiene el derecho legal a decidir sobre ellas. Es fundamental distinguir entre:
- Posesión: implica que se tienen las cenizas físicamente, por ejemplo, en una urna.
- Custodia legal: supone tener el derecho legítimo de decidir qué hacer con las cenizas (conservarlas, trasladarlas, dividirlas o esparcirlas).
Si existe un conflicto, quien no tenga la custodia legal puede estar obligado a entregarlas mediante orden judicial.
¿Qué dice la ley sobre dividir las cenizas?
En la actualidad, la normativa española no prohíbe ni regula de forma concreta la división de las cenizas, lo que deja cierto margen para que la familia decida cómo proceder.
Algunas familias optan por dividir las cenizas para que varios allegados puedan conservar una parte simbólica. Para hacerlo de forma respetuosa y segura, es recomendable:
- Obtener el acuerdo de todos los familiares directos implicados.
- Utilizar urnas seguras y adecuadas para pequeñas cantidades.
- Dejar constancia por escrito si se considera necesario.
Dividir las cenizas puede ser una forma de compartir el recuerdo entre personas con vínculos igualmente importantes con el fallecido, siempre que se gestione con sensibilidad.
Preguntas frecuentes sobre la posesión de las cenizas
¿Qué sucede si no se recogen las cenizas?
Cuando las cenizas no son retiradas tras la cremación, el crematorio las guarda de forma temporal durante un plazo que suele oscilar entre 30 y 90 días. Si nadie las reclama dentro de ese periodo, el centro puede proceder a su esparcimiento en un jardín del recuerdo o espacio habilitado para este fin, siguiendo sus protocolos internos y previa notificación si fuera posible.
¿Es legal tener las cenizas en casa?
Sí, salvo que exista una orden judicial contraria o una indicación expresa del difunto en sentido contrario. Se recomienda hacerlo en un lugar adecuado, seguro y con una urna apropiada que preserve las cenizas en buenas condiciones.
¿Puedo reclamar las cenizas de un difunto?
Sí, puedes reclamarlas si tienes un vínculo familiar directo y consideras que tienes derecho legítimo. Lo habitual es hacerlo ante la funeraria o el crematorio. Si otra persona las ha recogido y existe un desacuerdo, puede ser necesario acudir a un juzgado civil. Allí se valorará la relación con el fallecido, la voluntad previa si existe, y el uso o intención con respecto a las cenizas.