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 hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento

¿Hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras el fallecimiento del propietario?

Cuando fallece un ser querido y deja su vivienda en herencia, ¿qué hay que hacer? Muchas personas siguen sin tener claro si hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento o si hay que realizar algún trámite en relación con esto. Hoy en Stelae te explicamos cómo proceder en una situación como esta.

¿Qué pasa con la vivienda en caso de fallecimiento?

Al fallecer un ser querido, la propiedad de su vivienda pasa a sus herederos. Pero esto no sucede de manera automática, sino que es necesario formalizar legalmente este cambio de propiedad.

Efectivamente, hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento, llevando a cabo un cambio de titularidad para el que es necesario realizar ciertas gestiones legales y administrativas.

Las escrituras de una vivienda son el documento legal que acredita quién es el propietario del inmueble, así como cuáles son sus derechos y obligaciones asociados. Pero estas no se transfieren de forma automática a los herederos, por lo que estos no podrán hacer uso de dicha vivienda hasta que no figuren legalmente como propietarios. No es obligatorio cambiar las escrituras propiamente dichas, pero sí que es aconsejable hacerlo para no tener problemas legales, administrativos y fiscales en el futuro.

A todo el proceso que hay que hacer cuando hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento se le conoce como ‘sucesión testamentaria’ y, una vez realizadas todas esas gestiones, el nuevo o los nuevos propietarios podrán hacer uso de la vivienda cuando lo deseen.

Cómo cambiar las escrituras en caso de fallecimiento

Para realizar el cambio de titularidad de una vivienda por fallecimiento, los herederos deben llevar a cabo una serie de trámites. Esto es lo que debes hacer paso por paso:

  1. Obtener el certificado de defunción. El primer paso cuando hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento es obtener el certificado de defunción en el Registro Civil, pues este documento te será requerido para cualquier trámite posterior que tenga que ver con gestiones tras la muerte de tu ser querido.
  2. Obtener copia del testamento. Tendrás que dirigirte al Registro de Actos de Última Voluntad para saber, primero, si tu familiar había dejado testamento y, en caso afirmativo, acudir al notario correspondiente para conocer quiénes son los herederos y a quién corresponde la vivienda en herencia. Si eres tú, tendrás que aceptar la herencia para poder hacer uso del inmueble.
  3. Liquidar impuestos. Antes del cambio de titularidad que hay que realizar cuando hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento, es necesario ponerse al día con el pago de impuestos. En este caso, es fundamental afrontar el pago de los impuestos de Sucesiones y Donaciones o el de plusvalía municipal, que variará en función de cada localidad.

Una vez realizados estos trámites, podrás proceder a cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento. Aunque insistimos en que no es necesario cambiar las escrituras en sí, ya que basta con escriturar la aceptación de la herencia e inscribir el nombre del nuevo propietario del inmueble en el Registro de la Propiedad.

¿Hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento dentro de algún plazo concreto? No hay nada específico respecto al período para aceptar una herencia en el Código Civil. No obstante, en caso de omisión, se considera que el plazo está abierto durante 30 días desde la fecha del fallecimiento de tu ser querido.

La herencia puede aceptarse de forma expresa en una escritura pública ante notario y, a partir de entonces, se podrá hacer uso de la vivienda heredada.

¿Cuáles son los costes del cambio de escritura?

Como decimos, no hay que cambiar las escrituras de una vivienda tras fallecimiento, sino, simplemente, realizar el cambio de titularidad del inmueble. Sin embargo, ya que es muy recomendable para evitar problemas de diversa índole, lo ideal es realizar este trámite ante notario.

Esto implica una serie de gastos asociados, que dependerán de distintos factores como:

  • Las características de la vivienda de la que se trate.
  • Que exista un registro previo o no de dicha vivienda.
  • El valor que consta en las escrituras del inmueble.

En total, estos gastos de notaría para cambiar las escrituras de una vivienda tras el fallecimiento de un ser querido pueden ascender a entre 600 y 900 euros, dependiendo de cada caso. Lo bueno es que, por lo general, la tarifa suele ser similar en casi todas las notarías.


A esto tienes que sumar también que, una vez que aceptas la vivienda como herencia, tienes que ponerte al día con el pago de los impuestos señalados en apartados anteriores (Sucesiones, Donaciones, plusvalía municipal…) y pagar ciertas tasas por la realización de los trámites administrativos correspondientes (obtención del certificado de defunción, obtención del certificado de últimas voluntades, etc.).